Marzo 1996
Acceso a información de la Administración
EIIA (European Information Industry Association)
organiza, como muchas otras sociedades y empresas, una asamblea o
encuentro anual de socios o usuarios con motivo del Online
Meeting de Londres.
Después de la protocolaria
reunión interna como asociación, Eiia ofrece
una conferencia monográfica a la que trae conocidos
expertos. Esta vez la dedicó al aprovechamiento,
reelaboración y reventa de la información producida
por los gobiernos, tema que va a ser clave durante 1996, puesto
que, como ya anunciamos en IWE anteriormente, esta primavera la
Comisión Europea va a publicar un Libro Verde sobre el
mismo.
Eiia ha sido siempre muy activa en esta materia, ya desde
que en 1989 la Comisión publicó las famosas
"Pautas para mejorar la sinergia entre los sectores
público y privado en el mercado de la
información", presidiendo un seminario y estando
representada en el Legal Advisory Board (LAB) de la DGXIII.
Ahora ve esperanzada cómo el programa Info2000 retoma
la cuestión con más decisión.
Eiiaquiere que la Comisión publique una directiva
que acabe convirtiéndose en una ley general (y no meras
"recomendaciones"), como única vía de
salvar los grandes obstáculos que en la actualidad ponen
muchas administraciones para ceder sus datos (por supuesto no
confidenciales). Así no hay forma de producir bases de datos
de alcance pan-europeo.
La exposición de toda la problemática sería
muy larga para nuestra revista. Sólo incluimos algunos de
los puntos de reflexión más importantes:
- ¿Deben los departamentos e instituciones gubernamentales
trabajar conjuntamente con el sector privado recuperando los
costes? Y si es así, ¿cómo deben calcularse
éstos? ¿Deben repercutirse sólo los costes
operacionales de copiar o reproducir los datos, o hay que pagar
todo el proceso de recopilación, tratamiento y
almacenamiento?
- ¿Qué significa valor añadido en el
contexto de la Administración Pública? ¿Es
valor añadido la simple mecanización de datos
impresos para convertirlos en base de datos -o sea, algo
por lo cual el gobierno puede pedir una compensación
- aunque la base de datos no se cree con la idea de favorecer
su posterior comercialización?
- ¿Debe permitirse a la Administración
Pública que obtenga beneficios marginales por la venta de
las colecciones de datos al sector privado? Si es así,
¿cómo debe calcularse ese retorno?
- ¿Qué diferenciación debe establecerse
entre departamentos del gobierno, organismos autónomos,
agencias paraestatales, organizaciones no gubernamentales,
etc.?
Casuística variada
En el acto de la Eiia intervinieron
varios ponentes:
George Papapavlou, jefe del Legal Aspects Group
de la DGXIII/E, quien expuso la posición de la
Comisión. Quienes estén interesados en el tema pueden
solicitar el documento Workshops on commercial and citizens'
access to government information, Luxemburgo, 26-27 de junio de
1995, 86 p., a Richard Swetenham (v. dirección al
final).
- Sören Lindh, del Statskontoret, Estocolmo,
explicó varias experiencias suecas. Statskontoret
(Agencia Gubernamental para el Desarrollo Administrativo)
participa en la Comisión Sueca para las
Tecnologías de la Información y es la
representante del programa Info2000 en su país.
Suecia es uno de los países más avanzados en el
derecho de los ciudadanos a acceder a la información de la
Administración Pública, y ello se contempla ya en la
Constitución desde 1809.
A menos que se especifique lo contrario "todos los
documentos son consultables"; si no tiene que haber una
legislación concreta que los defina como confidenciales o
clasificados.
Se ha hecho una adaptación de la legislación a la
información automatizada, pero actualmente existe un gran
debate sobre los "documentos potenciales", compuestos a
partir de otros documentos; o sea, el cruce de ficheros.
La Administración sueca cobra por suministrar la
información al precio de coste de la copia y no se reserva
ningún copyright, excepto para algunos catálogos y
los mapas.
Serge Chambaud, director de difusión de
información del Institut National de la
Propriété Industrielle (Inpi) y presidente del
Groupement Français de l'Industrie de
l'Information (Gfii), expuso el punto de vista del gobierno
francés:
En contraposición a la filosofía (ligada a los
derechos humanos) de que el acceso a los datos y documentos de la
Administración Pública debe ser libre, tal como
sucede en los EUA y preconiza la CE, Francia mantiene que el
marketing de los datos públicos es la continuación de
la obligación de hacerlos accesibles.
En una circular de 1994, el gobierno francés recomendaba
que los servicios públicos subcontrataran la
distribución de información a empresas privadas
especializadas, en vez de hacerlo ellas mismas. Las
administraciones públicas no deben competir con las empresas
privadas.
Una institución gubernamental puede difundir sus datos ya
elaborados sólo en los siguientes casos:
- Por imperativo legal de sus estatutos.
- Que para el público sea esencial un servicio neutral.
- Cuando el sector privado no pueda o no quiera distribuirlos.
- Que el sector público sea mucho más efectivo.
Chambaudterminó diciendo que la clave del futuro
europeo está en unir la potencia de las administraciones
públicas, tradicionalmente muy fuertes en
información, con el dinamismo del sector privado: conseguir
la anhelada sinergia entre ambos.
- Barry Wojcik, vicepresidente para asuntos
gubernamentales europeos, de la empresa Dun &
Bradstreet, Bruselas, habló de la situación en
los EUA, donde además de las leyes federales hay que tener
en cuenta también las estatales. Citó y
explicó las siguientes:
- Federal freedom of information act (Foia), de 1966.
- US copyright act.
- Federal Sherman act (ley antitrust).
- Paperwork reduction act (PRA).
Los rasgos principales de la política norteamericana al
respecto pueden resumirse en lo siguiente:
- El gobierno debe suministrar la información a los
ciudadanos en cualquier fase de elaboración en que se
encuentre. Si ello no es posible por alguna razón, debe
demostrarlo; es decir, la carga de la prueba de que se trata
de una información reservada recae en la
Administración.
- La Administración no puede retener ningún
copyright en ninguna de las fases en que añada valor a la
información. En esto son excepción las
administraciones locales.
- Las agencias del gobierno no deben "reinventar la
rueda" y realizar funciones que pueden hacer las empresas
comerciales, como por ejemplo distribuir información
online.
- Se considera que los usuarios ya han pagado la recogida de los
datos básicos mediante sus impuestos. Las empresas que
revenden la información elaborada sólo pueden cobrar
por el valor que le añadan.
Aunque pensamos que este tema tiene una enorme importancia para
nuestro sector, creemos que hasta aquí hemos ofrecido una
panorámica general suficientemente amplia y que extendernos
más sobrepasaría lo esperado por la mayoría de
nuestros lectores.
Lennart Scharff. Eiia. Luxemburgo. Tel.:
+352-34 98 14 20; fax: 34 98 12 34
George Papapavlou. Legal Aspects Group.
DGXIII/E. Luxemburgo. Tel.: +352-43 01 34 318; fax: 43 01
32 847
Richard Swetenham. Bât. Jean Monnet.
Office B4/018 A. L-2920 Luxemburgo.
Tel.: +352-43 01 32 400; fax: 43 01
33 190
richard.swetenham ARROBA lux.dg13.cec.be
Sören Lindh. Statskontoret. Box
2280. Estocolmo. Tel.: +46-8-454 47 04; fax: 791 89 72
Serge Chambaud. Inpi. Paris. Tel.: +33-1-42 94
52 61; fax: 42 94 02 16
Barry Wojcik. Dun & Bradstreet.
Bruselas. Tel.: +32-2-627 32 46; fax: 646 87 77.
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